Sociólogo: Fulgencio Quispe Apaza (fulgencioq@yahoo.es)
La erradicación del
trabajo infantil requiere de la reflexión y compromiso de todos y todas, de tal
modo que el crecimiento económico que se reconoce a nuestro país vaya de la
mano con el respeto y protección de los derechos de los más vulnerables, es
decir, de nuestros niños, niñas y adolescentes. No olvidemos que esta lucha no
es solo es una cuestión de derechos humanos sino también de justicia social,
tal como lo ha señalado la Organización Internacional del Trabajo (OIT), por
tanto en nuestro país debe ser un objetivo crucial al igual que todos los
países del mundo en su propósito de asegurar los derechos procurando un trabajo
decente para todos los ciudadanos y cumplir con el primer Objetivo de
Desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas, que consiste en revertir la
pobreza y el hambre y la responsabilidad que como Estado y sociedad tenemos
para prevenir y erradicar el trabajo infantil.
En tal sentido, resulta
importante tener en cuenta lo que ha recomendado el Comité de los Derechos del
Niño al Estado peruano en materia de trabajo infantil, así como cuál ha sido su
respuesta a estas recomendaciones y cuáles son los problemas subsistentes, al
respecto, cabe indicar que estuvieron referidas a incrementar la edad mínima
para autorizar el trabajo, ratificar los Convenios 138 y 182 de la OIT,
adoptando medidas eficaces para ocuparse de la situación de los niños, niñas y
adolescentes que intervienen en trabajos peligrosos, conocer el número de niños que trabajan, asignar
mayor presupuesto para el Plan Estratégico Nacional para la Prevención y
Erradicación del Trabajo Infantil, entre otros aspectos.
El Estado peruano tiene
algunos avances al ratificar los Convenios N°138 sobre la edad mínima de
admisión al empleo y Nº 182 sobre la prohibición de las peores formas de
trabajo infantil. Asimismo, ha expedido normas respecto a las edades requeridas
para trabajar en determinadas actividades y ha implementado diversos planes
tales como el Plan Nacional de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil
2002-2010, 2005-2010 y el Plan Nacional de Acción por la Infancia y
Adolescencia 2012-2021.
Se ha creado el Comité
Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil (CPETI), implementada en diversas regiones, el
Gobierno Regional de Moquegua no aparece a nivel nacional con la conformación
del Comité Regional (CDRPETI), a pesar de la realización de eventos, que se
espera sean un buen comienzo, A ello debe sumarse una serie de campañas sensibilización para la eliminación
del trabajo infantil, entre otras acciones. Sin embargo, aún carecemos de una
política pública sostenida para revertir este problema a pesar de haber transcurrido
varios años desde la ratificación de los Convenios Nº 138 y 182 de la OIT aún
tenemos niños, niñas y adolescentes trabajando en ladrilleras, en mineras
artesanales de oro, prestando servicio doméstico, trabajos peligrosos no
acordes con su edad.
En nuestro país, al
2011, la población de niñas, niños y adolescentes de 6 a 17 años que trabajan
asciende a 1 millón 795 mil 100, según las últimas cifras proporcionadas por el
INEI de acuerdo con los resultados de la Encuesta Nacional de Hogares.
Asimismo, el 70,6% de los niños, niñas y adolescentes solo estudiaron, el 19,3%
estudiaron y trabajaron, el 5,2% solo trabajó y el 4,8% no estudió ni trabajó. Esto
nos advierte que el trabajo infantil constituye un problema que afecta el
desarrollo integral, sobre todo, el ejercicio pleno de sus derechos
fundamentales; Educación, Salud, Recreación, entre otros.
El acceso a servicios
básicos como agua, luz, servicios higiénicos, así como la capacidad económica
de los hogares también se han incrementado en la última década; no obstante
también se aprecia una fuerte desigualdad en el acceso a estos servicios entre
regiones, de sierra y selva que presentan indicadores muy por debajo del
promedio nacional. Esta realidad plantea la urgencia y necesidad de potenciar
los esfuerzos del Estado para articular las intervenciones de los diversos
actores públicos y privados en torno al objetivo de prevenir y erradicar el
trabajo infantil y, en particular, lo que el Convenio núm. 182 de la OIT
denomina sus peores formas.
Finalmente recordemos, el
Acuerdo Nacional en la Décima Cuarta Política de Estado incorpora la
erradicación de las peores formas de trabajo infantil y la protección de los
niños, niñas y adolescentes contra el trabajo peligroso. En esta misma línea,
el Plan Nacional de Acción por la Infancia y Adolescencia 2002-2010 y el Plan
Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil 2005-2010, la
Estrategia Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil
2012-2021 (ENPETI) ofrecen un importante marco de acción para la protección infantil,
adolescencia, prevención y erradicación del trabajo infantil, de obligatorio
cumplimiento en materia de empleo.

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