municipalidades y sus autoridades están comprometidos en contribuir de manera efectiva a la reducción de la anemia en el país, que es uno de los principales problemas de la salud pública, que afecta al 40.1 %1 de niñas y niños de 6 a 35 meses; esta situación está asociada a las inadecuadas prácticas de alimentación y nutrición en los hogares y al acceso limitado a los servicios de salud y saneamiento, agudizándose aún más en todo el periodo de pandemia coronavirus Covid 19, desde el año 2020, ocasionando el crecimiento de los niveles de anemia en las niñas y los niños menores de un año, por ello es importante centrarse en el objetivo y las funciones que les compete a los integrantes miembros conformantes de la Instancia de Articulación Local (IAL), con el uso de las tecnologías de la información (Tics), y el correcto uso de los Aplicativo Web de registro de visitas domiciliarias por actores sociales para el correcto cumplimiento de las metas previstas, acciones que se deben emprender desde los municipios para promover la adecuada alimentación, y la prevención, la reducción de anemia, como prioridad, para ser evaluado a través del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, como se ha venido desarrollando en los últimos años.
Mag. Fulgencio Quispe Apaza Ex Secretario Técnico IAL - MDEA |
Es importante también tomar
en cuenta la opinión técnica, sobre todo para los inicios de una conformación
de las instancias de articulación local y su formalización y tomando en cuenta
el aspecto legal, como sustento normativo y mediante el artículo 73 de la Ley Nª
27972, Ley Orgánica de Municipalidades, reconoce que las municipalidades gozan
de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, para promover el desarrollo integral y viabilizar el crecimiento
económico y social, y que las municipalidades ejercen funciones específicas,
con carácter exclusivo o compartido, en las materias de Educación, Salud,
Programas Sociales, Defensa y Promoción de Derechos Ciudadanos, entre otros.
Así mismo conformes con
los numerales 2.5 y 2.6 del inciso 2 del Artículo 80 de la Ley Nº 27972 antes
citada, se señala que las municipalidades, en materia de Saneamiento,
Salubridad y Salud, ejercen la función de gestionar la atención primaria de
salud; así como, realizar campañas locales sobre medicina preventiva, primeros
auxilios, educación sanitaria y profilaxis y la Resolución Ministerial Nº
249-2017/MINSA, de fecha 12 de Abril del 2017, se aprobó el Plan Nacional para
la Reducción y Control de la Anemia Materno Infantil y la Desnutrición crónica
infantil en el Perú 2017-2021, cuyo objetivo general es reducir el nivel de
anemia y desnutrición infantil en especial en las familias con niños y niñas
menores de 03 años y gestantes. Y a través de la Resolución Ministerial N°
112-2017-MIDIS, de fecha 22 de junio del 2017, se aprueba el Plan Sectorial
para contribuir con la reducción de la Desnutrición Crónica Infantil y la
Anemia en niñas y niños menores de 36 meses, 2017-2021.
Debemos puntualizar que
a través de esta normativa, se sustenta y hace mención que el trabajo con
Gobiernos Locales, se realizará de manera coordinada con los Gobiernos
Regionales, ya que se buscará el fortalecimiento de la gestión territorial
desde una mirada de la toma de decisiones informadas (MIDIStrito), a fin de
priorizar acciones a nivel local que contribuyan con la entrega de los paquetes
de servicios integrados en la gestante, niña y niño menor de 36 meses, mejora
en el acceso de agua y saneamiento, fortalecimiento de la vigilancia y
participación comunitaria vinculados a la Desnutrición Crónica Infantil (DCI) y
Anemia, entre otros. Debe puntualizarse además que a través de la Resolución
Ministerial Nº 078-2019/MINSA, de fecha 24 de Enero 2019, se aprobó los
Lineamientos para la Implementación de Visitas Domiciliarias por Actores
Sociales para la Prevención, Reducción y Control de la Anemia y Desnutrición
Crónica Infantil, en el marco del Programa Presupuestal Articulado Nutricional,
articulando esfuerzos entre el Sector Salud y el Gobierno Local, complementado
con la probación de programa de incentivos a la mejora de la gestión municipal
Como parte de nuestro
análisis debemos indicar que el desarrollo infantil temprano es una de las
cuatro prioridades de la política social del Gobierno. Tales prioridades fueron
aprobadas por la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS) en
octubre de 2016, a partir del reconocimiento de que la inversión social en la
primera infancia no solo es deber del Estado en el marco de la protección de
los derechos de la niñez, sino además del convencimiento de que esta inversión
es la más rentable a corto, mediano y largo plazo. Esto es así porque en los
primeros años de vida se consolida la arquitectura básica del cerebro, lo que
permite el desarrollo de las capacidades de la niña o el niño para
interrelacionarse positivamente con los demás, tomar iniciativas a partir de
sus habilidades motrices y resolver situaciones problemáticas.
Paradójicamente, es
también la etapa del desarrollo humano de mayor vulnerabilidad, de modo que las
carencias que en ella se presentan tienen efectos irreversibles. De ahí que
demande la acción articulada del Estado a nivel intersectorial e
intergubernamental, que es también un deber del estado un mecanismo existente a
nivel local con el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal
cuyo objetivo involucra reducir la desnutrición crónica infantil, Para ello, es
determinante impulsar el trabajo coordinado y articulado entre los distintos
sectores del gobierno local, tomando como centro de la intervención del Estado
a los niños y niñas de la provincia de Ilo con el fin de propiciar el pleno
desarrollo de sus habilidades a lo largo de su vida.
Es donde radica la
importancia que el gobierno local, tenga un trabajo articulado, en consecuencia,
la existencia de una instancia de articulación local IAL es fundamental para
permitir y apoyar la participación de la comunidad y de la sociedad con el
objetivo de lograr cambios sostenibles en los objetivos nutricionales y en
especial de la anemia. Las instituciones u organizaciones integrantes con el
mapeo a nivel local junto a los actores de la comunidad deben participar y
generar las condiciones para la periodicidad de las reuniones, el manejo del acta
de formalización u activación de la IAL, cumplir con las funciones encomendadas,
y conducir técnicamente la reunión, así cumplir con el seguimiento a la
convocatoria de las reuniones llevando el registro adecuado mediante actas
Es importante, que la
autoridad municipal vele el cumplimiento de la autonomía y a través de ella resolver
en el cumplimiento de metas, debido a que las municipalidades pueden efectuar
las notas de modificación presupuestal que considere pertinente, con la
salvedad que se realicen entre las específicas de gastos autorizadas, priorizando
la asignación de propinas o estipendios a los actores sociales, además las
municipalidades puede disponer de otros recursos adicionales a los de la
asignación presupuestal, para el financiamiento de los gastos ya citados u
otros, de ser necesario, los que se sugiere puedan ser ejecutados en la
adquisición de los Equipo de Protección Personal en la finalidad del
cumplimiento del objetivo que involucra reducir la desnutrición crónica
infantil. Y para el caso de las municipalidades provinciales, la (IAL), debe
ser denominada: “Comisión Provincial de Articulación Local para la reducción de
la Anemia Provincial”, que tendrá la única finalidad de lograr el apoyo de la
participación de la comunidad y de la sociedad con el objetivo de lograr
cambios sostenibles en los objetivos nutricionales y contrarrestar la anemia en
favor de la niñéz.
fulgencioqa@gmail.com
0 comentarios:
Publicar un comentario