jueves, 25 de agosto de 2016

PLAN DE MODERNIZACION MUNICIPAL Sociólogo: Fulgencio Quispe Apaza





Al 31 de Diciembre de cada año las Municipalidades deben cumplir con el  Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal, una de las metas está relacionado a la Implementación de una Ciclovía Recreativa en el Distrito de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Salud y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 es una de las funciones especificas exclusivas de las municipalidades provinciales y distritales el Regular/Fiscalizar y controlar la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes  de  la  atmósfera  y  el  ambiente considerad en el Artículo  80°  numerales  1.2  y  3.4, Saneamiento, salubridad y salud.


La presente meta contribuirá a que los gobiernos locales desarrollen de manera coordinada esta función y les permitirá cumplir con los objetivos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2012-EF (artículo 2° literal e) referida a Mejorar la provisión de servicios públicos). Las Municipalidades tendrían que cumplir esta meta, son las consideradas como “Ciudades Principales de Tipo B”, clasificadas de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2012-EF.


Estas Municipalidades de ciudades principales tipo “B” implementarán una ciclovía recreativa. La implementación debe ejecutarse en vías de competencia jurisdiccional del municipio provincial o distrital según sea el caso. Se debe realizar según las especificaciones señaladas, verificando el cumplimiento de la meta, de acuerdo a las especificaciones técnicas previstas. Las Municipalidades principales tipo “B” enviarán el informe final para su evaluación por medio físico a la Dirección General de Promoción de la Salud del Ministerio de Salud, instancia que consolidará los  informes  a  nivel nacional y comunicará  a  la Dirección General  de  Presupuesto  Público  (DGPP) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) que municipalidades cumplieron con la meta. La asistencia técnica podrá ser vía presencial o virtual y estará a cargo de la Dirección General de Promoción de la Salud.  


Se busca generar un espacio público libre del tránsito de vehículos motorizados y de la contaminación ambiental y de ruido que estos generan; permitiendo que la comunidad se apropie y disfrute de estos espacios, fortaleciendo con ello, los valores de convivencia ciudadana y de cohesión social. La implementación de la ciclovía recreativa además, debe permitir a la población realizar y participar en distintos tipos de actividades: Físicas, ciclismo, patinaje, caminata, trote. Recreativas: teatrines de marionetas para niños y jóvenes. Culturales: pasacalles, grupos de teatro, Arte. Fomento de la salud: puestos informativos de promoción de  salud. Social: programas para personas con capacidades distintas, estimulación temprana en los niños, protección de animales, entre otras. Su desarrollo será en un espacio público sea avenida o calle principal que debe ser cerrada temporalmente al acceso de vehículos motorizado por un promedio de 06 horas, en una extensión de 02 a más kilómetros, con un mínimo de 08 domingos al año.

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